Autonomía y autodeterminación
El espíritu de la colmena


Héctor Díaz Polanco

 


Diversas propuestas de solución para la problemática indígena se debaten actualmente en América Latina. La autonomía regional es una de ellas. Ya son numerosas las organizaciones indias que en el subcontinente asumen la autonomía como demanda central. Sin embargo, entre nosotros el tema se ha analizado relativamente poco; y, mientras tanto, el término comienza a cargarse de connotaciones prodigiosas, para unos, y de signos amenazantes para otros. El concepto de autonomía se está convirtiendo en un verdadero cajón de sastre en el que se incluye el conjunto más heterogéneo de ideas, perspectivas e ilusiones. La diversidad de enfoques, y aún de conjeturas, no es negativa per se. Lo que puede ser perjudicial para el futuro desarrollo de un debate es la cantidad de mitos y extravagancias que se está adhiriendo gradualmente al concepto: autarquía, separatismo, soberanía plena, retorno a la vida "natural", etcétera.
Se requiere impulsar el examen público de un sistema que no es fórmula mágica ni promesa de privilegios para unos en perjuicio de otros. El régimen de autonomía, en efecto, no es ni una panacea ni una de esas "ideas exóticas" vilipendiadas con ese pretexto por las mentes conservadoras, pues existe en nuestro país una larga tradición -aunque ignorada o negada- de lucha autonómica. La autonomía es tan sólo la solución que una sociedad puede adoptar en un momento de su desarrollo concreto para resolver el conflicto étnico-nacional.
Ahora bien, ¿qué es la autonomía? Si de proponer una definición comprehensiva se trata, puede indicarse que el sistema de autonomía se refiere a un régimen especial que configura un gobierno propio (autogobierno) para ciertas comunidades integrantes, las cuales escogen así autoridades que son parte de la colectividad, ejercen competencias legalmente atribuidas y tienen facultades mínimas para legislar acerca de su vida interna y para la administración de sus asuntos. La búsqueda de una definición más específica incurre inevitablemente en generalizaciones inadecuadas e inválidas para la enorme variedad de situaciones que cubre el sistema autonómico.
En efecto, carece de sentido la fijación de unas características singulares que necesariamente sean comunes a cualquier régimen de autonomía, con absoluta independencia de las condiciones socioculturales, económicas y políticas en que tal régimen tiene lugar. Los rasgos específicos de la autonomía estarán determinados, de una parte, por la naturaleza histórica de la colectividad que la ejercerá, en tanto ésta será el sujeto social que, con su acción, a fin de cuentas la convertirá en realidad histórica y le dará vida cotidiana; y, de otra, por el carácter sociopolítico del régimen estatal-nacional en que cobrará existencia institucional y práctica, por cuanto la profundidad de las conquistas, las facultades asignadas y, en suma, el grado de autogobierno reconocido, en su despliegue concreto dependerán en gran medida de la orientación política y el sistema democrático vigentes.
En tal sentido, en correspondencia con el desarrollo y las condiciones particulares de un grupo sociocultural, el reconocimiento de ciertas facultades amplias (e. g., legislativas) puede ser considerado esencial e irrenunciable a los fines de alcanzar un adecuado régimen autonómico. En cambio, tales facultades pueden resultar secundarias o irrelevantes para otra comunidad étnica que pone el énfasis en reivindicaciones diferentes para configurar el cuadro de competencias mínimas de un régimen de autonomía satisfactorio. Así las cosas, no es posible definir a priori un conjunto de elementos o formas de funcionamiento que constituya el contenido necesario del régimen de autonomía en toda circunstancia, y a partir del cual se pueda definir su carácter "auténtico" o "adecuado". En último análisis, esta calidad sólo se podrá establecer por la medida en que el sistema adoptado satisfaga las aspiraciones históricas del grupo correspondiente y le facilite el pleno desarrollo de su vida sociocultural.
Lo dicho permite entender que los regímenes de autonomía puedan ser en la práctica sumamente variados; y que incluso se observen en operación distintos grados de autonomía, según los medios históricos en que tienen lugar. Asumir esta determinación histórica evitará el enjuiciamiento de un régimen determinado en función de otro, con el objeto de establecer cuál de ellos es el auténtico y cuál el insuficiente, o más aún, enjuiciar todos los regímenes de autonomía a partir de un pretendido cartabón universal, de una especie de tipo ideal de autonomía. En suma, cada sistema autonómico debe ser evaluado en términos de aquellas condiciones históricas de las que resulta y a las que, al mismo tiempo, quiere dar respuestas.

Pero una cosa es admitir la determinación histórica del régimen autonómico, y otra muy distinta es postular un relativismo absoluto -tan de moda en la actualidad- que haría aceptable cualquier sistema de relaciones bajo el vistoso atuendo de la autonomía. "El relativismo de todo conocimiento;" observaba Adorno," sólo se puede afirmar desde fuera, mientras no se ha llegado a conocer concluyentemente" (1975:44). No todo lo que brilla como "autogestión" es autonomía. Por ello, sin perder de vista la precaución indicada en el párrafo anterior y atendiendo precisamente a las concretas manifestaciones históricas, se debe hacer mención de algunas características generales o fundamentos -no normativos ni integrantes de un "modelo" -que al menos permiten delinear los contornos elementales del moderno régimen de autonomía. Conviene examinar brevemente los que constituyen quizás los cimientos más relevantes.

Muchacha hopi

 


Edward Sheriff Curtis


Visiones de una raza que se desvanece


A mediados del siglo pasado, la recién nacida fotografía se benefició con un perfeccionamiento conocido con el nombre de placa húmeda. La mejora esencial consistió en reducir el tiempo de exposición de las fotografías, que en los procesos anteriores era de decenas de segundos. Este avance permitió a los fotógrafos salir de sus estudios y explorar temas que hasta entonces no habían sido tocados a causa de las limitaciones técnicas del medio.
Primero fueron las calles, el paisaje urbano; después, la naturaleza, los paisajes exóticos, los grupos étnicos lejanos, -su apariencia y sus costumbres-, el movimiento y el flujo de la vida. El fotógrafo inglés Francis Firth, que viajó al lejano Egipto para fotografiar las ruinas y el Nilo, y Mattew Brady, que llevó su cámara a la Guerra Civil estadunidense, son dos pioneros connotados de este nuevo género de fotografía documental.
Al comenzar el siglo XX, el proceso fotográfico se perfeccionó aún mas; apareció la placa seca, con la cual el tiempo para exponer un negativo se redujo a tan sólo una fracción de segundo. Por esta época Edward Sheriff Curtis, un retratista comercial establecido en Seattle, Washington, decide dejar su estudio para documentar en imágenes la forma de vida de una raza condenada a desaparecer: los indígenas estadunidenses. El resultado de esta empresa serían alrededor de 40,000 fotografías, testimonio de la vida de más de 80 tribus, desde el norte de México hasta Alaska.
La mayor parte de estas fotografías son retratos que Curtis realizaba en el interior de las viviendas o tipis, imágenes de gran valor estético además de su importancia testimonial.
La primera etapa del proyecto fue financiada por Teodoro Roosvelt, lo cual es algo extraño, ya que este presidente no pasó a la historia precisamente por su política de entendimiento de las etnias norteamericanas.
Curtis dedicó 30 años de su vida a esta empresa; y el resultado fue The North American Indians, veinte volúmenes ilustrados de texto etnográfico y veinte portafolios de imágenes fotográficas, finalmente completados hacia 1930. Florence Curtis Graybill, hija del fotógrafo, publicó en 1976 una selección de alrededor de 180 fotografías, como una pequeña muestra de la gran obra de Sheriff Curtis (Florence Curtis Graybill y Victor Buesen. Edward Sheriff Curtis. Visions of a Vanishing Race, American Legacy Press, Nueva York, 1976).

 

Jorge García Alonso

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A lo largo de este número presentamos algunas de las más conocidas fotografías de Edward Sheriff Curtis, no sin marcar una distancia con esa forma de mirar lo que para ese fotógrafo resultaba "extraño", es decir los indios de Norteamérica, a caballo entre los siglos XIX y XX.
Un registro nostálgico que implica una épica blanca, la de los que se quedan aún por fuerza, tiñe sus fotografías. La mirada de los fotógrafos documentales no atisbaba la subjetividad, pretendía hacer posar, argumentaba, juzgaba. Y el instante prisionero, reproducido cientos de veces, pedía ser sinónimo de "la verdad". Este ojo conquistador de Curtis no disminuye sin embargo el merito artístico y documental. Su distancia de los indios (quizás mayor que la de su contemporáneo y también protegido del magnate Morgan, Karl Lumholtz), prefigura la idea cinematográfica que los cowboys tendrían del "enemigo apache".

Cazador de patos kutenai