Octavo.- La Coordinación de Humanidades contemplará en sus proyectos
presupuestales los recursos necesarios para el adecuado funcionamiento del Programa Universitario de Estudios de la
Diversidad Cultural y la Interculturalidad y vigilará su correcta administración, así como la de los recursos
extraordinarios que el Programa genere.
Noveno.- Los asuntos que requieran interpretación normativa serán resueltos por
el Abogado General de la Universidad.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su publicación en
Gaceta UNAM.
Segundo.- El presente Acuerdo deja sin efectos a su similar expedido el 2 de
diciembre de 2004, por el que se establece el Programa Universitario México, Nación Multicultural.
Tercero.- En un plazo de sesenta días hábiles posteriores a su integración, el
Comité Directivo deberá emitir su reglamento interno.
Cuarto.- Los recursos humanos y materiales del Programa Universitario México,
Nación Multicultural, pasarán a formar parte del Programa Universitario de Estudios de la Diversidad Cultural y la
Interculturalidad para el cumplimiento de sus fines y funciones.
Quinto.- Los proyectos de investigación, así como todas las obligaciones adquiridas
con antelación al inicio de la vigencia del presente Acuerdo, se concluirán en los términos que se hayan pactado.
“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”
Ciudad Universitaria, D.F., a 3 de marzo de 2014
EL RECTOR
DR. JOSÉ NARRO ROBLES